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¿Qué hago ante mi despido?

¿Qué hago ante mi despido?

Si tienes prisa y no vas a poder leer el artículo completo, empezamos con un resumen que te ayudará a afrontar el momento.

  • Las notificaciones de despido deben ser por escrito y respetar un mínimo de datos.
  • Debe firmar las comunicaciones de «incumplimiento» y conservar una copia.
  • Te tienen que dar cesantías y finiquitos, si te piden que firmes y no sabes el monto, firma «No Satisfecho».

Es muy importante contar con la ayuda de un abogado de despidos.


El despido debe ser comunicado por escrito

Si no lo hacen, es importante que pidas un aviso de despido por escrito, primero documentado por ambas partes (entrega y recibo), pero sobre todo para tener claro a partir de cuándo empieza a transcurrir el tiempo para impugnar el despido. Si quieres impugnar un despido, ponte en contacto con un abogado en Barcelona.

Lo mínimo que debe contener una carta de despido:

  • Fecha efectiva de despido
  • Motivo del despido (tipo de despido), ya que cada despido tiene diferentes requisitos y derechos: objetivo, disciplinario, colectivo.
  • Preaviso:
    • Despido objetivo:
      • Procedente: En este caso, el preaviso es obligatorio, y si usted incumple el preaviso preceptivo, la empresa está obligada a notificarle el despido 15 días antes de la fecha prevista de extinción del contrato, o a pagarle una indemnización dentro de esos 15 días. días en la liquidación.
      • Improcedente: Una empresa que reconoce que el despido es improcedente y está dispuesta a pagar una indemnización por despido improcedente no tiene derecho a exigir un preaviso.
  • Despido disciplinario:no hay derecho a finiquito ni preaviso.

Firma carta de despido, conforme o no conforme

Una carta de despido sin firma carece de sentido, no impide ni retrasa el despido, porque la empresa también puede notificar la carta correspondiente a través de burofax, el despido se considerará como recibo de notificación de recibo.

Además de la firma y la fecha en que recibió el aviso, también debe indicar si está «de acuerdo» o «en desacuerdo» con el despido en sí.

Como sugerencia, siempre es mejor firmar «Incompetente» porque al fin y al cabo el despido es una decisión unilateral de la empresa y hay que tener cuidado con lo que firmamos. Si se firma o no se firma un «incumplimiento», deben estar presentes dos testigos para firmar el documento cuando se notifica la carta.

Debe pedir que también obtenga una copia de la carta de terminación que es la misma que la copia de la empresa y conservarla hasta que firme cualquier documento.


Si es posible, recoge pruebas

Una vez que entendemos el despido, es recomendable comenzar a recopilar documentos, correos electrónicos o pruebas generales ante posibles impugnaciones de despido antes de dejar la empresa.


Comprobar el finiquito

Un finiquito es un documento en el que la empresa se propone entregar al trabajador la cantidad que le queda por pagar.

  • Si es despedido durante el mes, el número de días trabajados y en espera de horas extraordinarias, en su caso, indemnización.
  • Permisos no disfrutados y que la empresa debe pagar.
  • La parte proporcional de los pagos y beneficios especiales en los que se ha incurrido sin una asignación prorrateada.
  • Obviamente, si la liquidación es correcta, no comenzarás el cálculo en ese preciso momento (pero al menos comprobarás si existe el concepto anterior). Por eso es recomendable firmar «No conforme» para que luego se pueda comprobar el importe.

Si no ha recibido el pago del acuerdo en ese momento, indique «pago por recibir» e indique que el pago real no se ha recibido al firmar.


Comprobar que la indemnización por despido está bien calculada

Las empresas están obligadas a indemnizar a los trabajadores en consecuencia mediante el pago por adelantado, la entrega de cheques o efectivo, y si no se cumple con este requisito, el despido se convierte en improcedente.

Dependiendo de las circunstancias de su despido, puede o no tener derecho a una compensación cuando sea despedido. Un despido disciplinario no tiene derecho a indemnización.

En caso de despido objetivo, la indemnización será de 20 días de trabajo por año, pagada por un máximo de 12 meses, y deberá ser entregada al trabajador en el mismo momento en que se reciba la carta de despido objetivo.

Extinción temporal del contrato: en función de la fecha de firma del contrato, indemnización correspondiente u otras. Por ejemplo, para un contrato temporal firmado a partir del 1 de enero de 2015, la compensación será de 12 días de trabajo al año.

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